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martes, 22 de abril de 2008

>>Valores sociales y Derechos Humanos.


ANTES:
VALORES SOCIALES
Solidaridad: es un término muy recurrente que habitualmente se emplea para denominar la mera acción dadivosa o bienintencionada. Sin embargo su raíz etimológica implica un comportamiento “in-solidum”, es decir que se unen inseparablemente los destinos de dos o más personas, física o jurídica, como sostiene Julio de la Vega-Hazas Ramírez. “Ser” o “hacerse” solidario con alguien o con alguna causa, no significa dar una ayuda sino comprometerse y compartir la suerte de aquel con quien me hago solidario.
Disciplina: Se entiende por disciplina escolar la obligación que tienen los maestros y los profesores de seguir un código de conducta conocido por lo general como reglamento escolar. Este reglamento, por ejemplo, define exactamente lo que se espera que sea el modelo de comportamiento, el uniforme, el cumplimiento de un horario, las normas éticas y las maneras en las que se definen las relaciones al interior del centro de estudios. Dicho reglamento contempla además una normatividad respecto al tipo de sanción que se debe seguir en el caso en que el estudiante incurra en la violación de la norma. En dicho caso, es posible que algunos centros pongan más el énfasis en la sanción que en la norma misma. La pérdida del respeto por la norma al interior del aula de clase es conocida como "indisciplina". Aparte de las concepciones que se tengan sobre la disciplina, ésta depende en gran medida del nivel de relaciones que se establece dentro del aula de clase, del interés que el educador puede motivar en el educando y del nivel de comunicación que se establece. Se puede hablar también de disciplina dentro de ambientes de trabajo y en general en cualquier conglomerado humano en donde la norma sea necesaria.
Respeto: Respetar a alguien es tratarlo de acuerdo a su dignidad. Esta dignidad propia requiere de los demás un comportamiento adecuado, de modo que las faltas de respeto voluntarias son una injusticia, por incumplimiento de ese deber. En cambio, donde hay respeto reina un ambiente cordial y amable, propio de la caridad.
La tolerancia: del latín tolerare (sostener, soportar), es una noción que define el grado de aceptación frente a un elemento contrario a una regla moral, civil o física. Más generalmente, define la capacidad de un individuo de aceptar una cosa con la que no está de acuerdo. Y por extensión moderna, la actitud de un individuo frente a lo que es diferente de sus valores.El orden es la evidencia coherente de un medio capaz de transaccionar con objetos. El orden se suele traducir en una recepción de información que, con un sistema compatible de interpretación, le proporcionará el armónico necesario para su estímulo, bien en forma de motivación, de reacción o consecuencia compatible al orden interpretado.
Respeto al superior: Cualquier persona posee una dignidad por el hecho de ser persona. Y así todo hombre merece algún respeto, un trato adecuado a su dignidad humana. Este deber básico incluye respetar sus bienes, su vida, su fama, su intimidad,... Sin embargo, algunas personas merecen un respeto mayor debido a una dignidad superior. Por ejemplo, los padres, los ancianos, las autoridades, etc. El trato entre compañeros es diferente del trato hacia padres y profesores. Con éstos el modo de hablar y escuchar debe ser más respetuoso.También hay personas que por su conducta infrahumana pierden parte de su dignidad y merecen menor respeto. Por ejemplo, los delincuentes pueden ser encarcelados. El respeto no se opone a la justicia.
Caridad: Es la virtud sobrenatural infusa por la que la persona puede amar a Dios sobre todas las cosas, por El mismo, y amar al prójimo por amor a Dios. Es una virtud basada en fe divina o en creer en la verdad de la revelación de Dios. Es conferida solo por gracia divina. No es adquirida por el mero esfuerzo humano. Porque es infundida con la gracia santificante, frecuentemente se identifica con el estado de gracia. Por lo tanto, quien ha perdido la virtud sobrenatural de la caridad ha perdido el estado de gracia, aunque aun posea las virtudes de esperanza y caridad.
Conflicto: El conflicto tiene una interpretación sociológica moderna , que tiende a incorporarlo en el estructuralismo funcionalismo: como establecimiento de la unidad consensuada; son ejemplos positivamente funcionales los conflictos internos en grupos no relacionados íntimamente, que pueden constituir una amenaza a la integridad de la estructura, que no puede institucionarlos con asociaciones y coaliciones como vía del cambio social. Para Ralf Dahrendorf, el conflicto es un hecho social universal y necesario que se resuelve en el cambio social y en Karl Marx una interpretación económica en la dialéctica de la superestructura como ideología, el poder de la clase dominante, medios de producción y lucha de clases. En Hegel la lógica se basa en el principio de contradicción y Marx construye una dialéctica para la transformación revolucionaria, que esboza esquemáticamente Engels con la ley de unidad y lucha de los contrarios, ley de la conversión de la cantidad y calidad y viceversa y negación de la negación. En el materialismo histórico es el desarrollo de la producción cuyo motor es la lucha de clases.
Colaboración con la familia: La colaboración se debe dar como una actitud permanente de servicio hacia el trabajo y la familia, pero también se puede ayudar a cualquier persona que lo necesite, pensando en todo aquello que deseamos que hagan por nosotros, y viendo en los demás a su otro yo.
La cultura de la paz: Consiste en una serie de valores, actitudes y comportamientos que rechazan la violencia y previenen los conflictos tratando de atacar sus causas para solucionar los problemas mediante el diálogo y la negociación entre las personas, los grupos y las naciones. Fue definida por resolución de la ONU, siendo aprobada por la Asamblea General el 6 de octubre de 1999 en el Quincuagésimo tercer periodo de sesiones, Acta 53/243.
El apoyo mutuo o ayuda mutua: es un término que describe la cooperación, reciprocidad, y el trabajo en equipo que en el plano económico y político es uno de los principales enunciados del anarquismo. Suele significar el intercambio recíproco y voluntario de recursos, habilidades y servicios por un beneficio mutuo entre ambas partes.Se entiende cooperación como pacto interesado por todas las partes, así el concepto de apoyo mutuo sostiene que los pactos de asociación cooperativa son los que mejores resultados dan a largo plazo, puesto que afirma que las actitudes altruistas desinteresadas (pensar primero en los demás a costa de uno mismo) y las egocéntricas explotadoras (pensar en uno mismo a costa de los demás) son situaciones insostenibles a largo plazo.
La colaboración: se refiere abstractamente a todo proceso en donde se involucre el trabajo de varias personas en conjunto. Como un aspecto intrínseco de la sociedad humana, se aplica en diversos contextos como la ciencia, el arte, la educación y negocios. Está muy relacionado con la cooperación y la coordinación.
DURANTE:
Hoy en clase hemos estado tratando el tema de los derechos humanos. Lola fue a cada grupo asignando varios de los artículos de la declaración de los derechos humanos. Y a mi grupo nos ha tocado los articulos, 10, 18 y 22. Luego teniamos que comentarlo en clase.
También hemos hablado de los valores sociales y a mi grupo le tocó el valor de:
La cultura de la paz: Consiste en una serie de valores, actitudes y comportamientos que rechazan la violencia y previenen los conflictos tratando de atacar sus causas para solucionar los problemas mediante el diálogo y la negociación entre las personas, los grupos y las naciones. Fue definida por resolución de la ONU, siendo aprobada por la Asamblea General el 6 de octubre de 1999 en el Quincuagésimo tercer periodo de sesiones, Acta 53/243.

Derechos humanos Universales:
Artículo 10: Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
Artículo 18: Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Artículo 22: Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
DESPUÉS:
Hoy en casa viendo unos videos, he encontrado un video interesante sobre los derechos humanos.Me ha llamado mucho la atención.


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